MERKAEKIN 2026. AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL

junio 9, 2026

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco convoca el programa MERKAEKIN 2026, con el objetivo de impulsar el emprendimiento en los establecimientos del Sector Comercio, Turismo, Hostelería y Servicios Personales de la CAPV a través de la innovación.

Objetivos de la ayuda

El objetivo es ayudar a personas emprendedoras en el comercio minorista y determinados servicios que busquen asesoramiento o ayuda económica para sus negocios comerciales.

Entidades  y personas beneficiarias

Personas físicas, equipos promotores, personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes y micro y pequeñas empresas.

Requisitos:

  • Estar dada de alta o que vaya a estar en alguno de los siguientes IAE:
    • 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco (menos 646.3, 646.4, 646.5, 646.6 y 647.5)
    • 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios (menos 654 y 655)
    • 662. Comercio mixto
    • 691. Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles.
    • 97. Servicios personales (menos 974 y 979).
  • Personas físicas y autónomas deben estar empadronadas en Euskadi.
  • Las personas autónomas, Sociedades Civiles y comunidades de bienes y las micro y pequeñas empresas, deberán contar con un establecimiento comercial ubicado en Euskadi.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, no estar sancionadas y no incurrir en sobrefinanciación.

Programas y líneas de actuación

MERKATARITZA-EKINTZAILE AHOLKULARITZA (Gastos de Asesoramiento):

  • No estar dado de alta IAE antes del 1 de enero de 2026.
  • Actuaciones Subvencionables: Asesoramiento de un Plan de Negocios dirigido a:
    • Puesta en marcha de un negocio comercial.
    • Diversificación del modelo de negocio de la empresa existente.
    • Creación de nuevos establecimientos comerciales del negocio existente.
    • Transmisión empresarial del negocio existente, vinculada a los supuestos anteriores.
  • Las actuaciones subvencionables se deben haber realizado por empresas, agencias de desarrollo y resto de entidades públicas con al menos 30 proyectos en el ámbito del emprendimiento.
  • Gastos subvencionables: Gastos relación con la actuación que superen los 500€ y las 25 horas de consultoría.
    • 80% subvencionable con máximo de 5.000€
      • NO subvencionable: IVA, trabajo personal interno, viajes/dietas y gestoría administrativa o asesoría fiscal, laboral financiera o contable.
  • Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. 

MERKATARITZA-EKINTZAILE EKIN+ (Inversiones y gastos):

  • No estar dado de alta IAE antes del 1 de enero de 2025.
  • Contar con un Plan de Negocio de fecha posterior a 1 de enero de 2024 con viabilidad positiva.
  • Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. 
  • Actuaciones Subvencionables. (Expresamente recogidas en el Plan de Negocio)
    • Inversiones.
      • Cada tipo de inversión deberá superar 500 euros, y la suma total de todas ellas deberá alcanzar la cuantía mínima de 5.000 euros:
        • Inversiones en el local comercial, en instalaciones técnicas y en almacenes.
        • Inversiones en mobiliario.
        • Inversiones en maquinaria especializada: maquinaria necesaria para la producción o el servicio.
        • Inversiones en tecnología.
        • Inversiones en adquisición de vehículos.
        • Derechos de traspaso.
      • Subvención del 80% de las inversiones admitidas, con un importe máximo de 25.000 euros. Se considerará un máximo de inversión admitida de 31.250 euros.
    • Gastos.
      • Cada tipo de inversión deberá superar 100 euros, y la suma total de todas ellas deberá alcanzar la cuantía mínima de 1.500 euros:
        • Gastos de constitución.
        • Gastos en el local comercial.
        • Gastos de marketing y promoción.
        • Gastos de formación especializada.
        • Estudios estratégicos para el desarrollo del negocio.
        • Gastos en arrendamiento de vehículos.
        • Arrendamiento financiero (leasing) y arrendamiento operativo (renting).
      • Subvención del 80% de las inversiones admitidas, con un importe máximo de 7.500 euros. Se considerará un máximo de inversión admitida de 9.375 euros.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será entre el 10/06/2026 y el 15/09/2026, o en su caso hasta el agotamiento del crédito dispuesto.

Tanto la solicitud como el resto de tramitaciones se realizarán por medios electrónicos.

Más información

Puedes mandar un correo a info@aenkomer.com / proyectos@aenkomer.com o llamar al 945 12 35 00.

También puedes encontrar toda la información en el siguiente enlace:

Orden MERKAEKIN 2026

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