AYUDA A LA CONTRATACIÓN LABORAL EN VITORIA-GASTEIZ 2023-2024

Ayuda del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz dirigida a la contratación laboral del municipio, enmarcadas en la convocatoria de ayuda de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2023-2024.

Cualquiera que sea su forma jurídica y que cumpla los siguientes requisitos:

  • Desarrollar las actividades subvencionables en un centro de trabajo del municipio de Vitoria-Gasteiz.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
  • No haber obtenido otra subvención por la contratación de la misma persona.
  • Mantener estas condiciones hasta la resolución.
  • En caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, deberán cumplir los requisitos todas y cada una de las personas que participen en ellas.

Requisitos que deben cumplir:

  • Estar empadronadas en Vitoria-Gasteiz el día anterior a la contratación
  • Estar en situación de desempleo e inscritas como demandantes en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo el día anterior a la contratación.

Contrataciones laborales subvencionables:

El número de ayudas queda limitado a tres personas por empresa:

  • TIPO 1. Contratos Indefinidos:
    • De como mínimo el 50% de la jornada, durante todo el periodo de subvención.
    • Contrataciones que se lleven a cabo entre el 25 de mayo de 2023 y hasta el 31 de mayo de 2024 (incluido).
    • La contratación debe suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media de la empresa los 6 meses anteriores a la incorporación de la persona trabajadora.
    • Obligación de mantener el contrato indefinido al menos12 meses.
    • No se concederá más de una subvención por persona.
  • TIPO 2. Contratos de duración determinada de artistas, personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos:
    • De como mínimo el 50% de la jornada, durante todo el periodo de subvención.
    • Duración de la contratación de mínimos 3 meses y duración máxima de contratación de 6 meses.
    • La contratación debe suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media de la empresa los 6 meses anteriores a la incorporación de la persona trabajadora.
    • Contrataciones que se lleven a cabo entre el 25 de mayo de 2023 y hasta el 1 de marzo de 2024 (incluido).
    • No se concederá más de una subvención por persona.

NO subvencionables:

  • Contratos de formación y aprendizaje.
  • Contrataciones iniciales que deriven de una sucesión de titularidad o cambio de forma jurídica.
  • Contrataciones a cónyuges, ascendentes, descendientes y demás parientes de hasta segundo grado.
  • Contratación de un mismo trabajador por la misma empresa subvencionado en convocatorias anteriores.
  • Contrato de personas que hayan tenido participación o relación laboral con la empresa los 12 meses anteriores.
  • Contratos en modalidad de fijos discontinuos o contratos relevo.
  • Contrataciones laborales para ejecutar contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y demás organismos autónomos.
  • Las empresas de trabajo temporal en cuanto a la contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa.
El periodo de subvenciones finalizará el 31 de mayo de 2024.

Anexos correctamente cumplimentados:

Documentación de la entidad:

  • NIF, NIE o CIF
  • Escritura de constitución, estatutos y acreditación de poderes de representación.
  • Fotocopia del DNI de la personas representante legal.
  • Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la contratación, referida al mismo código de cuenta de cotización al que se adscribirá la persona contratada.
  • Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media del día de la contratación, referida al mismo código de cuenta de cotización al que se adscribe la persona contratada
  • Certificado actualizado de estar al corriente  Hacienda Foral y Seguridad Social

Documentación de la persona contratada:

  • DNI o NIE
  • Certificado histórico de Padrón
  • Informe Vida Laboral de al menos año y medio anterior
  • Certificado periodo de inscripción en Lanbide en los 18 meses anteriores previos al inicio del contrato.
  • Documentación que acredite la pertenencia a algunos de los colectivos específicos, si fuera el caso.

Documentación acreditativa del contrato:

  • Copia del contrato de trabajo firmado por las partes y justificante de la comunicación telemática a Lanbide.
  • Certificado de la empresa/entidad del coste salarial anual de la contratación.
  • Nóminas y justificantes durante el período subvencionado.
  • Informe de Vida Laboral del afiliado/a.
  • TIPO 1:
    • Un máximo de 8.000€ por contratos a jornada completa.
    • La cuantía final no podrá superar el 75% de los costes totales, incluidas las indemnizaciones de fin de contrato y de Seguridad Social.
    • Un máximo de 10.000€ por contrato para personas pertenecientes a los siguientes colectivos:
      • Perceptores de la RGI
      • Personas menores de 35 años.
      • Desempleados de larga duración.
      • Personas mayores de 55 años.
  • TIPO 2:
    • Un máximo de 6.000€ por contratos a jornada completa.
    • La cuantía final no podrá superar el 75% de los costes totales, incluidas las indemnizaciones de fin de contrato y de Seguridad Social.
    • Un máximo de 7.500€ por contrato para personas pertenecientes a los siguientes colectivos:
      • Perceptores de la RGI
      • Personas menores de 35 años.
      • Desempleados de larga duración.
      • Personas mayores de 55 años.
  • Cuando los contratos se celebren con mujeres la cuantía de incrementará en un 10% adicional.
  • El pago se hará de una vez previa justificación de la contratación.