AYUDA DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL 2023: COMERCIO, HOSTELERÍA Y PELUQUERÍA DEL MUNICIPIO

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz presenta las ayudas económicas dirigidas a fomentar y apoyar la transformación digital, como herramienta de mejora  de las pequeñas empresas del ámbito del comercio minorista, la hostelería y las peluquerías ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

Estas ayudas económicas son de concurrencia competitiva y tienen la forma de subvención a fondo perdido.

  • Plantilla inferior a 50 personas.
  • Que el volumen de negocio no supere los 10 millones anuales.
  • Que realice su actividad comercial dentro del municipio. No necesario estar domiciliado en el municipio
  • El local tendrá que estar a nivel del suelo, tener escaparate y estar abierto al público en horario comercial. Se incluyen establecimientos integrados en mercados, centros o galerías comerciales.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales.
  • Debe estar encuadrada en uno de los siguientes epígrafes:
    • 64: Productos alimenticios, bebidas y tabaco (Excepto 646 y 647.5)
    • 65: Producto no alimenticios en establecimientos permanentes (Excepto 652.1, 654.3, 654.4, 654.5, 654.6 y 655)
    • 662.2: Toda clase de artículos
    • 671, 672 y 673: Servicios de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
    • 676: Chocolaterías, heladerías y horchaterías.
    • 677.9: Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
    • 972: Salones de peluquería e institutos de belleza

*En caso de tener dos o más epígrafes IAE. Se tendrá en cuenta la actividad principal atendiendo a aquella a la que se destine una mayor superficie útil.

  • Las siguientes actuaciones realizadas desde el día 9 de abril de 2022 hasta el 17 de febrero de 2023:

    • Equipos informáticos básicos y sus periféricos. (Solo un equipo por establecimiento)
    • Herramientas de gestión y/o software relacionadas con la actividad principal de la empresa.
    • Desarrollo de pagina web de la empresa, mejora y adaptación de la web a dispositivos móviles y venta online (Máximo 1.200 euros en caso de que no incluya venta on-line)
    • Marketing Digital
    • Aplicaciones y equipos relacionado con la comunicación o la creación de un proceso de compra interactivo en el punto de venta.
    • Aplicaciones relacionados con la geolocalización, big data y predicción de patrones de consumo

El proyecto presentado deberá tener una inversión mínima de 300€.

NO serán objeto se subvención.

  • Gastos de publicidad digitales.
  • Contratación o formación de personal.
  • Móviles, televisores, reproductores…
  • Mantenimiento: Reparación, sustitución, renovación de dominio….
  • Costes de transporte, seguros, tasas…
  • Software no relacionado con la empresa.
  • Artículos de exposición y prueba.
  • Inversiones mediante arrendamiento financiero o similar.

Calidad del proyecto (hasta 50 puntos):

  • Grado de desarrollo del proyecto: Hasta 10 puntos.
  • Grado de definición de objetivos de proyecto: Hasta 10 puntos.
  • Coherencia y repercusión en la empresa: Hasta 20 puntos.
  • Impacto potencial del proyecto: Hasta 5 puntos.
  • Grado de implicación de la empresa: Hasta 5 puntos.

*La calidad se valorará según la memoria técnica (Anexos II y III) y las facturas aportadas

Antigüedad de la empresa (hasta 20 puntos):

  • Mas de 10 años: 10 puntos.
  • Mas de 20 años: 20 Puntos.

*Se valorará la antigüedad, ejerciendo la mismas actividad económica de forma ininterrumpida.

Haber participado en Eus-commerce en 2020, 2021 o 2022 (10 puntos)

Plantilla inferior a a 10 trabajadores (hasta 15puntos):

  • Menos de 5 trabajadores: 15 puntos.
  • Entre 5 y 9 trabajadores: 10 puntos.

Empresa no participada por sociedad mercantil (5 puntos).

El porcentaje máximo de subvención será de 70% y el mínimo de 40%.

Los proyectos se valorarán por concurrencia competitiva y la subvención máxima concedida será de 5.000€

  • Impreso de solicitud y declaración jurada. (Anexo I)
  • En caso de persona física: D.N.I.
  • En caso de persona jurídica:
    • NIF
    • Escrituras de la empresa y posteriores modificaciones.
    • Poderes de representación.
    • DNI de la persona con poderes de representación.
  • En caso de NO tener personal asalariado:
  • En caso de tener personal asalariado:
    • TC2 o relación nominal de trabajadores del último mes, expedido por la Seguridad Social.
  • Memoria descriptiva del proyecto (Anexo II y Anexo III). En caso de haber participado en en alguna de las ultimas tres ediciones del programa Eus-commerce deberán especificarlo en dicha memoria.
  • Copia de facturas.
  • Justificante de pago de facturas. (Finaliza dos meses después de la publicación en el BOTHA)

El plazo de presentación de solicitudes será del 18/02/2023 al  10/03/2023.

Únicamente se podrá presentar una solicitud por empresa y año.