AYUDA DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL 2023: COMERCIO, HOSTELERÍA Y PELUQUERÍA DEL MUNICIPIO
El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz presenta las ayudas económicas dirigidas a fomentar y apoyar la transformación digital, como herramienta de mejora de las pequeñas empresas del ámbito del comercio minorista, la hostelería y las peluquerías ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
Estas ayudas económicas son de concurrencia competitiva y tienen la forma de subvención a fondo perdido.
- Plantilla inferior a 50 personas.
- Que el volumen de negocio no supere los 10 millones anuales.
- Que realice su actividad comercial dentro del municipio. No necesario estar domiciliado en el municipio
- El local tendrá que estar a nivel del suelo, tener escaparate y estar abierto al público en horario comercial. Se incluyen establecimientos integrados en mercados, centros o galerías comerciales.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales.
- Debe estar encuadrada en uno de los siguientes epígrafes:
- 64: Productos alimenticios, bebidas y tabaco (Excepto 646 y 647.5)
- 65: Producto no alimenticios en establecimientos permanentes (Excepto 652.1, 654.3, 654.4, 654.5, 654.6 y 655)
- 662.2: Toda clase de artículos
- 671, 672 y 673: Servicios de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
- 676: Chocolaterías, heladerías y horchaterías.
- 677.9: Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
- 972: Salones de peluquería e institutos de belleza
*En caso de tener dos o más epígrafes IAE. Se tendrá en cuenta la actividad principal atendiendo a aquella a la que se destine una mayor superficie útil.
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Las siguientes actuaciones realizadas desde el día 9 de abril de 2022 hasta el 17 de febrero de 2023:
- Equipos informáticos básicos y sus periféricos. (Solo un equipo por establecimiento)
- Herramientas de gestión y/o software relacionadas con la actividad principal de la empresa.
- Desarrollo de pagina web de la empresa, mejora y adaptación de la web a dispositivos móviles y venta online (Máximo 1.200 euros en caso de que no incluya venta on-line)
- Marketing Digital
- Aplicaciones y equipos relacionado con la comunicación o la creación de un proceso de compra interactivo en el punto de venta.
- Aplicaciones relacionados con la geolocalización, big data y predicción de patrones de consumo
El proyecto presentado deberá tener una inversión mínima de 300€.
NO serán objeto se subvención.
- Gastos de publicidad digitales.
- Contratación o formación de personal.
- Móviles, televisores, reproductores…
- Mantenimiento: Reparación, sustitución, renovación de dominio….
- Costes de transporte, seguros, tasas…
- Software no relacionado con la empresa.
- Artículos de exposición y prueba.
- Inversiones mediante arrendamiento financiero o similar.
Calidad del proyecto (hasta 50 puntos):
- Grado de desarrollo del proyecto: Hasta 10 puntos.
- Grado de definición de objetivos de proyecto: Hasta 10 puntos.
- Coherencia y repercusión en la empresa: Hasta 20 puntos.
- Impacto potencial del proyecto: Hasta 5 puntos.
- Grado de implicación de la empresa: Hasta 5 puntos.
*La calidad se valorará según la memoria técnica (Anexos II y III) y las facturas aportadas
Antigüedad de la empresa (hasta 20 puntos):
- Mas de 10 años: 10 puntos.
- Mas de 20 años: 20 Puntos.
*Se valorará la antigüedad, ejerciendo la mismas actividad económica de forma ininterrumpida.
Haber participado en Eus-commerce en 2020, 2021 o 2022 (10 puntos)
Plantilla inferior a a 10 trabajadores (hasta 15puntos):
- Menos de 5 trabajadores: 15 puntos.
- Entre 5 y 9 trabajadores: 10 puntos.
Empresa no participada por sociedad mercantil (5 puntos).
El porcentaje máximo de subvención será de 70% y el mínimo de 40%.
Los proyectos se valorarán por concurrencia competitiva y la subvención máxima concedida será de 5.000€
- Impreso de solicitud y declaración jurada. (Anexo I)
- En caso de persona física: D.N.I.
- En caso de persona jurídica:
- NIF
- Escrituras de la empresa y posteriores modificaciones.
- Poderes de representación.
- DNI de la persona con poderes de representación.
- En caso de NO tener personal asalariado:
- Recibo de pago a autónomos del último mes.
- Informe negativo de inscripción como empresario o informe de vida laboral de un código de cotización. (Informe de situación de empresario individual)
- En caso de tener personal asalariado:
- TC2 o relación nominal de trabajadores del último mes, expedido por la Seguridad Social.
- Memoria descriptiva del proyecto (Anexo II y Anexo III). En caso de haber participado en en alguna de las ultimas tres ediciones del programa Eus-commerce deberán especificarlo en dicha memoria.
- Copia de facturas.
- Justificante de pago de facturas. (Finaliza dos meses después de la publicación en el BOTHA)
El plazo de presentación de solicitudes será del 18/02/2023 al 10/03/2023.
Únicamente se podrá presentar una solicitud por empresa y año.