Ayuda económica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para apoyar a las empresas afectadas por el COVID-19
Desde AENKOMER queremos informarte de la ayuda del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para ayudas a las empresas afectadas por la declaración del estado de alarma de marzo de 2020
La ayuda, dotada con 750.000 euros (200.000 euros en segunda convocatoria) pretende acoger a todas las microempresas que tengan su actividad principal en el municipio y se vieron obligadas a cerrar o a reducir sus ingresos por el COVID-19.
Requisitos que deben cumplir:
- Domicilio Social y fiscal en Vitoria-Gasteiz.
- Desarrollar las actividades subvencionables en el municipio.
- IAE no correspondiente a las actividades recogidas en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo.
- Cumplir con los requisitos de microempresa:
- Menos de 10 asalariados
- Volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros
- Hallarse al corriente de obligaciones fiscales, con la SS y tributarias con el Ayuntamiento.
- Gastos correspondientes al periodo entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020 (también para la segunda convocatoria):
- Gastos en EPIs y material de prevención e higiene sanitaria.
- Gastos de asesoría y consultoría motivados por el COVID-19.
- Inversiones relacionadas con la transformación digital.
- Gastos para la puesta en marcha de equipos y maquinaria parados por el cese de actividad.
- NO serán subvencionables:
- Teléfonos móviles, tv y reproductores de sonido e imagen.
- Artículos de exposición y prueba
- Tasa relacionadas con las actividades señaladas, recargos y sanciones administrativas.
- 50% del gasto presentado con una subvención máxima de 2.000 euros por empresa.
- Los proyectos deben tener una inversión mínima de:
- 500€ en comercio minorista, hostelería y servicios personales.
- 1.000€ en el resto de sectores .
- Ayudas compatibles con cualquier otra subvención, siempre que no se supere el coste del concepto subvencionado.
- Mediante tramitación electrónica o tramitación presencial.
- Presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana o en las Oficinas de San Martín.
- Electrónica: Registro Electrónico.
- El plazo de presentación de solicitudes será del 15/06/2020 al 30/06/2020 en primera convocatoria y del 15/08/2020 al 02/10/2020.
- Impreso de solicitud y declaración jurada.
- Copia del NIF o DNI.
- Escritura constitución de la empresa.
- Poderes de representación.
- En caso de tener personal asalariado, relación nominal de trabajadores a febrero de 2020.
- En caso de no tener personal asalariado, recibo del pago de autónomos a febrero de 2020.
- Copia de facturas.
- Justificantes bancarios de pago de las facturas presentadas.
- El procedimiento de concesión de la ayuda será mediante concurrencia competitiva, es decir, se realizará una comparación entre los proyectos presentados.
- La resolución se realizará en el plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.