Ayuda económica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para apoyar a las empresas afectadas por el COVID-19

Desde AENKOMER queremos informarte de la ayuda del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para ayudas a las empresas afectadas por la declaración del estado de alarma de marzo de 2020

La ayuda, dotada con 750.000 euros (200.000 euros en segunda convocatoria) pretende acoger a todas las microempresas que tengan su actividad principal en el municipio y se vieron obligadas a cerrar o a reducir sus ingresos por el COVID-19.

Requisitos que deben cumplir:

  • Domicilio Social y fiscal en Vitoria-Gasteiz.
  • Desarrollar las actividades subvencionables en el municipio.
  • IAE no correspondiente a las actividades recogidas en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo.
  • Cumplir con los requisitos de microempresa:
    • Menos de 10 asalariados
    • Volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros
  • Hallarse al corriente de obligaciones fiscales, con la SS y tributarias con el Ayuntamiento.
  • Gastos correspondientes al periodo entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020 (también para la segunda convocatoria):
    • Gastos en EPIs y material de prevención e higiene sanitaria.
    • Gastos de asesoría y consultoría motivados por el COVID-19.
    • Inversiones relacionadas con la transformación digital.
    • Gastos para la puesta en marcha de equipos y maquinaria parados por el cese de actividad.
  • NO serán subvencionables:
    • Teléfonos móviles, tv y reproductores de sonido e imagen.
    • Artículos de exposición y prueba
    • Tasa relacionadas con las actividades señaladas, recargos y sanciones administrativas.
  • 50% del gasto presentado con una subvención máxima de 2.000 euros por empresa.
  • Los proyectos deben tener una inversión mínima de:
    • 500€ en comercio minorista, hostelería y servicios personales.
    • 1.000€ en el resto de sectores .
  • Ayudas compatibles con cualquier otra subvención, siempre que no se supere el coste del concepto subvencionado.
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  • Mediante tramitación electrónica o tramitación presencial.
    • Presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana o en las Oficinas de San Martín.
    • Electrónica: Registro Electrónico.
  • El plazo de presentación de solicitudes será del 15/06/2020 al 30/06/2020 en primera convocatoria y del 15/08/2020 al 02/10/2020.
  • Impreso de solicitud y declaración jurada.
  • Copia del NIF o DNI.
  • Escritura constitución de la empresa.
  • Poderes de representación.
  • En caso de tener personal asalariado, relación nominal de trabajadores a febrero de 2020.
  • En caso de no tener personal asalariado, recibo del pago de autónomos a febrero de 2020.
  • Copia de facturas.
  • Justificantes bancarios de pago de las facturas presentadas.
  • El procedimiento de concesión de la ayuda será mediante concurrencia competitiva, es decir, se realizará una comparación entre los proyectos presentados.
  • La resolución se realizará en el plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.
Bases Primera Convocatoria
Bases Segunda Convocatoria