
octubre 9, 2025
Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo tiene como objetivo ayudar a personas promotoras de proyectos empresariales en la CAPV para 2025.
Línea 1: Desarrollo de una idea empresarial
Actuación Subvencionable:
- Análisis y desarrollo de una idea de negocio, en cualquier rama de actividad, así como el desarrollo de las actuaciones necesarias para la puesta en marcha del proyecto de empresa o negocio.
- Las actuaciones que se desarrollen al amparo de este capítulo tendrán una duración mínima de tres meses y un máximo de cinco meses.
Las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos a la hora de iniciar el proceso de acompañamiento e iniciar la solicitud:
- Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente.
- No haberse encontrado de alta en el IAE, en el año anterior al inicio del proceso de acompañamiento.
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad, así como disponer de un plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio.
- Estar incluidas en un proceso de asesoramiento y apoyo al emprendimiento de alguna de las entidades colaboradoras correspondientes.
- No haber sido beneficiarias convocatorias anteriores.
- Tener cumplidos 18 años en la fecha de la solicitud.
- El cese de actividad debe haberse producido por jubilación, por proximidad a la edad de jubilación (60 años o más), incapacidad total, absoluta o gran invalidez o el fallecimiento de la persona titular. En caso de sociedad mercantil, civil o una comunidad de bienes, tienen que cumplir los requisitos al menos la mitad de los y las socias.
Las personas beneficiarias deben comprometerse a:
- Dedicarse en exclusiva al análisis y desarrollo de su idea empresarial, así como a la puesta en marcha de la empresa o negocio.
- Asistir a todas las actuaciones de asesoramiento y apoyo para la generación y desarrollo de la idea empresarial y de apoyo para la implantación de la empresa o negocio, definidas por las entidades colaboradoras participantes en la gestión de esta convocatoria.
- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del proceso subvencionado de tutorización y acompañamiento para la puesta en marcha del negocio.
- Domiciliar, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
- No recibir ninguna otra ayuda para el mismo fin.
Cuantía de la ayuda:
- Será de 2.000€. Se verá incrementada en un 15% si persona promotora tiene entre 18 y 30 años y en otro 15% en el caso de que sea mujer.
Solicitudes, documentación y plazo de presentación:
- Solicitud: https://www.euskadi.eus/servicios/1102120
- Documentación:
- Fotocopia del DNI
- Acreditación de la Demanda de Empleo
- Informe de vida laboral actualizado a la fecha de inicio del proceso de acompañamiento
- Plazo: hasta el 13 de octubre
Línea 2: Establecimiento del Proyecto
Actuaciones Subvencionables:
- Inversiones en los siguientes activos fijos de al menos 5.000€ entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de la solicitud:
- Construcciones, excepto adquisición de locales
- Maquinaria
- Instalaciones
- Utillaje
- Mobiliario
- Equipos para procesos de información.
- Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional
- Contratos de franquicias
- Aplicaciones informáticas
- Fondo de comercio
- Derechos de traspaso
- Las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisito a la hora de iniciar el proceso de acompañamiento e iniciar la solicitud:
Personas beneficiarias:
- Haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en el servicio público correspondiente el día anterior a la fecha de alta en el IAE.
- Haberse dado de alta en el IAE en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención.
- Estar domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
- No haber realizado la misma actividad como trabajador por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.
- Tener cumplidos 18 años en la fecha de la solicitud.
Cuantía de la ayuda:
- Será de 3.500€. Se verá incrementada en un 15% si persona promotora tiene entre 18 y 30 años y en otro 15% en el caso de que sea mujer.
Solicitudes, documentación y plazo de presentación:
- Solicitud: https://www.euskadi.eus/servicios/1102122
- Documentación:
- Impreso de Solicitud
- Acreditación de alta en IAE
- Acreditación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos de Seguridad Social.
- Plan de inversiones en función de los activos fijos subvencionables
- Factura o documentos de valor probatorio y documentación acreditativa del pago.
- Plazo: hasta el 31 de octubre
Línea 3: Consolidación del Proyecto
Actuaciones Subvencionables:
- Los siguientes gastos de promoción, funcionamiento y gestión de una empresa de reciente creación:
- Cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Gastos de comunicación ligados al proyecto
- Diseño de páginas web y cuotas de mantenimiento de páginas web y redes sociales, banner publicitario en página web de otra empresa, gastos relativos a la incorporación de plugins en la web, dominio de página web y correo electrónico, así como el coste de los servicios de promoción en Facebook.
- El asesoramiento (fiscal, laboral, contable…) y gastos de coaching.
- Cursos de formación realizados por la persona emprendedora directamente relacionados con la puesta en marcha y funcionamiento de la empresa y que se inicien dentro del periodo subvencionado.
- Arrendamiento de locales de negocio o lugares en donde se desarrolle la actividad siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar o espacio compartido con otra empresa
Personas beneficiarias:
- Haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en el servicio público correspondiente el día anterior a la fecha de alta en el IAE.
- Haberse dado de alta en el IAE en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención.
- Estar domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
- No haber realizado la misma actividad como trabajador por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.
- Tener cumplidos 18 años en la fecha de la solicitud.
Cuantía de la ayuda:
- Será de 2.500€. Se verá incrementada en un 15% si persona promotora tiene entre 18 y 30 años y en otro 15% en el caso de que sea mujer.
Solicitudes, documentación y plazo de presentación:
- Solicitud: https://www.euskadi.eus/servicios/1102121
- Documentación:
- Impreso de Solicitud
- Acreditación de alta en IAE
- Plazo: hasta el 31 de octubre
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