AYUDAS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LOS SUBSECTORES EQUIPAMIENTO PERSONAL Y DEL HOGAR DEL GOBIERNO VASCO
El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco, convoca el programa de ayudas para el sostenimiento de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco.
Financiación de 15 millones de euros para ayudas a fondo perdido para estos subsectores de actividad del comercio minorista vasco.
- Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes, sociedades civiles y micro y pequeñas empresas:
- Domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y que radique en la misma el establecimiento comercial.
- Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y SS.
- Hallarse al corriente de pago en materia de subvenciones.
- No estar sancionada ni penal ni administrativamente.
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Epígrafes impuesto sobre actividades económicas subvencionables:
- Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
- Grupo 652. Comercio al por menor de artículo de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general.
- Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
- Grupo 97. Servicios Personales.
Consulta los epígrafes específicos en el Anexo I
- Las ayudas contempladas se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido.
- La cuantía de la ayuda se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento con anterioridad al 24 de febrero de 2022:
- Establecimiento con 1-9 personas: 2.000€
- Establecimientos de 10 o más de 10: 3.000€
- El cómputo incluirá tanto a personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad
- Solicitudes a través de la Sede Electrónica
- Medios electrónicos admitidos para la presentación de solicitudes: para las personas físicas y para las personas jurídicas.
- Plazo de presentación desde las 9:00. del día 27 de junio hasta el 27 de julio de 2022 a las 9:00h.
- La concesión de las ayudas se establecerá por orden de llegada.
Junto con la solicitud deberá presentarse:
- En caso de tener personas trabajadoras: Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización. (Del 24 de febrero del 2021 al 24 de febrero de 2022)
- En caso de persona autónoma sin trabajadores: Informe de vida laboral.
- En caso de persona autónoma con trabajadores: Informe de vida laboral e informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización. (Del 24 de febrero del 2021 al 24 de febrero de 2022)
- Escrituras de constitución de la empresa y posteriores modificaciones las personas jurídicas.
- Las comunidades de bienes y sociedades civiles: contrato de constitución.
- Impreso normalizado de representación legal voluntaria, si se desea otorgar la representación y no se desea utilizar el Registro Electrónico de Representantes.
- Declaración responsable. (Modelo a firmar en la solicitud)
Puedes mandar un correo a proyectos@aenkomer.com o llamar al 945 12 35 00.
También puedes encontrar toda la información en el siguiente enlace: