Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo. Listado de actividades esenciales que podrán seguir funcionando
El Gobierno ordenó desde el domingo 29 de marzo la paralización de toda actividad económica no esencial, para frenar el avance del coronavirus, con un decreto ley, Real Decreto-ley 10/2020.
Teniendo en cuenta que la actividad laboral y profesional es la causa que explica la mayoría de los desplazamientos que se producen actualmente en nuestro país, se ha puesto de manifiesto la necesidad de adoptar una medida en el ámbito laboral, que permita articular la referida limitación de movimientos y reducirla hasta los niveles que permitirán conseguir el efecto deseado.
De esta manera se establece un permiso retribuido recuperable obligatorio para los trabajadores afectados de esos sectores considerados no esenciales.
El decreto publicado en el BOE en la madrugada del domingo al lunes incluye una larga lista de excepciones a esta obligación de cierre: