AYUDA PARA ESTABLECIMIENTOS HOSTELEROS Y DE OCIO NOCTURNO DEL PAÍS VASCO 2022
El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo convoca el programa de ayudas para titulares de establecimientos de hostelería y de ocio nocturno del País Vasco de 2022.
Se trata de una subvención del Gobierno Vasco para hacer frente a las medidas adoptadas contra la variante ómicron de la COVID-19.
Personas autónomas, comunidad de bienes, sociedad civiles, micro, pequeñas y medianas empresas de los siguientes Grupos de actividad y horarios de apertura:
- Establecimientos del Grupo II con horario de cierre a las 01:00 horas:
- Salas de concierto
- Establecimiento de hostelería no incluidos en Grupos I y III
- Establecimientos del Grupo III con horario de cierre a las 02:30 horas:
- Pubs y bares especiales
- Establecimientos del Grupo IV con horario de cierre a las 04:30 horas:
- Establecimientos de baile y diversión
Además deberán mantener los siguientes requisitos en los 6 meses posteriores desde el día siguiente de la finalización del plazo de solicitud de la ayuda:
- Domiciliada social y fiscalmente en la CAPV
- Cumplir los 3 requisitos:
- Licencia de actividad correspondiente.
- CNAE correspondiente
- IAE correspondiente a fecha de 1 de diciembre de 2021
- Que el establecimiento se haya visto afectado por las últimas medidas de prevención contra el virus.
- En el caso de personas autónomas, dadas de alta a 1/12/2021.
Otros requisitos:
- Estar dada de alta en el Registro de Terceros.
- Cumplir obligaciones tributarias y Seguridad Social.
- No estar sancionada penal ni administrativamente.
La cuantía se establece en función del tipo de establecimiento y número de trabajadores a fecha de 1/12/2021.
El cálculo de las personas trabajadores se hace con la suma de los siguientes bloques:
- Bloque 1:
- Informe de Vida Laboral de un Código Cuenta de Cotización (CCC)
- Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Documento de la relación laboral entre autónomo y entidad solicitante
- Bloque 2: Informe de Plantilla Media en el último trimestre de 2021.
Se aplicarán los siguientes porcentajes en función del Tipo de Establecimiento.
La formula que se aplicará a cada Grupo de establecimiento y según el cómputo del número de trabajadores es el siguiente:
- La solicitudes se deberá presentar desde el 8/2/2022 hasta 15 días hábiles después.
- A través de la Sede Electrónica mediante alguna de las firmas electrónicas admitidas: www.euskadi.eus/certificados-electronicos
- Acceso al formulario de solicitudes: www.euskadi.eus/servicios/1211401
- Impreso de Solicitud.
- Licencia de actividad o apertura.
- Informe Vida Laboral de un CCC.
- Informe Plantilla Media correspondiente al último trimestre de 2021.
- En su caso, impreso de otorgamiento de representación legal.
- Las persona jurídicas además, copia del poder de representación o cualquier documento válido legítimo.
- En el caso de comunidad de bienes y sociedades civiles, documento acreditativo del nombramiento de representante de la agrupación.
También puedes encontrar toda la información en el siguiente enlace: Orden Ayuda Hostelería