AYUDA AL EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD PARA MAYORES DE 45 AÑOS EN VITORIA-GASTEIZ 2023
Ayuda del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz dirigida a la contratación indefinida y la estabilidad en el empleo, dirigido a todos los sectores del municipio Vitoria-Gasteiz.
Conversión de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo o parcial, de como mínimo el 50 por ciento de jornada, de personas de 45 o más años, en centros de trabajo del municipio de Vitoria-Gasteiz.
Cualquiera que sea su forma jurídica y que cumpla los siguientes requisitos:
- Desarrollar las actividades subvencionables en un centro de trabajo del municipio.
- Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales.
- En el caso de comunidad de bienes o sociedades civiles, todas y cada una de las personas que participan en ellas deben cumplir todos los requisitos.
- Mantener estas condiciones hasta la resolución.
Requisitos que deben cumplir:
- Tener 45 años o más en la fecha de conversión del contrato temporal a indefinido.
- Estar empadronadas en el municipio de Vitoria-Gasteiz, durante un periodo mínimo de 6 meses previos a la conversión del contrato temporal en indefinido.
Contrataciones laborales con las siguientes bases:
- Contratos temporales en indefinidos a tiempo completo o parcial de como mínimo el 50 por ciento de jornada, de personas de 45 o más años.
- Dos conversiones por empresa o persona autónoma.
- Contratos que se lleven a efecto desde el 1 de enero de 2023 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, 1 de septiembre de 2023.
- El contrato indefinido deberá mantenerse durante 12 meses.
NO subvencionables:
- Personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en la misma empresa en un plazo de doce meses anteriores.
- Contratos que afecten a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad.
- Tampoco a personas que ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración.
- Conversiones de contratos temporales en fijos discontinuos.
- Las conversiones de contratos temporales en indefinidos realizadas para ejecutar contratos adjudicados.
El plazo finalizará el 1 de septiembre de 2023.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- NIF, NIE o CIF
- Escritura de constitución, estatutos y acreditación de poderes de representación.
- Fotocopia del DNI de la personas representante legal.
- Certificado estar al corriente Hacienda y Seguridad Social.
Documentación de la persona contratada:
- Contrato de trabajo y su comunicación a Lanbide
- DNI o NIE
- Padrón
- Informe Vida Laboral de al menos año y medio
- Certificación de la empresa del coste de salario anual de la contratación
Documentación justificativa a entregar 12 meses después de la conversión de contrato temporal en indefinido:
- Informe de Vida Laboral del afiliado/a.
- Nóminas y justificantes de su pago de los 12 meses posteriores a la conversión del contrato temporal en indefinido.
- Ayuda del 30 por ciento de los costes salariales anuales, con el límite
máximo de 8.000,00 euros. - En los contratos a jornada parcial serán proporcionales.
- La jornada mínima subvencionable será del 50 por ciento.
Los contratos de personas de 60 años o más a fecha de la conversión, obtendrán 1.000,00 euros más de subvención.
Cada contrato convertido se valorará en función de los siguientes criterios:
- Características del las personas contratadas:
- Personas mayores de 55 años: 50 puntos
- Mujer: 30 puntos
- Personas con diversidad funcional: 10 puntos
- Tipo de jornada
- Completa: 30 puntos
- Parcial: 10 puntos